Reformas a reglamento de copropiedad

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¿Reformar el reglamento?

El próximo 3 de agosto se cumple un año de la expedición de la Ley 675 o de Propiedad Horizontal y termina el régimen de transición dado para reformar los reglamentos de las copropiedades constituidas con las leyes anteriores que regulaban la materia, reforma que se debe dar en los aspectos que le sean contrarios a la nueva ley.

Sin embargo, a pesar de los rumores que corren, a las ofertas de asesorías legales para llevar a cabo tales reformas, éstas no son obligatorias. La misma Ley 675 dice que si no se hace la reforma del reglamento, simplemente se entiende que los aspectos del mismo que sean contrarios a la ley quedan derogados automáticamente, lo que la ley ordene incorporar al reglamento queda incorporado y sanseacabó.

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Aún así, los expertos recomiendan buscar la asesoría legal para revisar lo relacionado con los derechos adquiridos, pues estos no pierden su vigencia. Esa asesoría puede ser importante para conocer como manejar aspectos nuevos de la ley, verbigracia el comité de convivencia o el fondo de imprevistos, o para mejorar aspectos relacionados con la administración de la copropiedad.


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