Ojo con los parqueaderos para discapacitados

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No solo en muchas partes estas celdas de estacionamiento no cumplen con las especificaciones apropiadas, sino que donde las hay no siempre son respetadas. Foto Cortesía Berny Bluman.

 
 

 
 
El gerente de la Fundación Colombia Accesible, Berny Bluman, escribió a Vivir en El Poblado para denunciar que uno de los parqueaderos para discapacitados de la plazoleta de Complex Los Balsos es utilizado para estacionar motocicletas, lo que ocasiona dificultades a las personas que, como él, lo requieren. Consultamos con Gloria Villa, administradora de Complex Los Balsos, quien adujo que no es que hayan habilitado el parqueadero de discapacitados para motos sino que los motociclistas se están apropiando de él sin que el vigilante pueda controlar la situación. Para evitar que esto, se estudia la posibilidad de encerrar el estacionamiento para discapacitados, de tal manera que las motos no lo puedan utilizar.
 
 

 
 
Características de los parqueaderos
Para ir más allá de este caso específico, valga recordar el Decreto 1660 expedido por el Gobierno en 2003, para reglamentar la accesibilidad a los modos de transporte de la población en general y en especial de las personas con discapacidad. En su artículo 8 señala que “en los sitios abiertos al público tales como centros comerciales, supermercados, clínicas y hospitales, unidades deportivas, autocinemas, unidades residenciales, nuevas urbanizaciones y en general en todo sitio donde existan parqueaderos habilitados para el uso público, se deberá disponer de sitios de parqueo, debidamente señalizados y demarcados, para personas con discapacidad y/o movilidad reducida, con las dimensiones internacionales, en un porcentaje mínimo equivalente al dos por ciento (2%) del total de parqueaderos habilitados. En ningún caso podrá haber menos de un (1) espacio habilitado, debidamente señalizado con el símbolo internacional”.
 
     
 
 
 

 
 
3.7 por 5 metros
Las normas internacionales dice que estas celdas de estacionamiento deben medir 3 metros con 70 centímetros de ancho por 5 metros de largo, es decir, 1metro con 20 centímetros más ancho que las celdas corrientes. Esto con el fin de que las personas con discapacidad tengan un área de maniobra que les permita abrir totalmente la puerta del vehículo y bajar las ayudas ortopédicas. El establecimiento que no tenga habilitados los estacionamientos que señala el Decreto 1660, incurrirá en una multa de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, sanción que deben imponer las autoridades urbanísticas municipales, es decir, el Departamento de Planeación en el caso de Medellín.
Pero la responsabilidad también recae sobre los conductores con movilidad normal que usen de manera indebida los estacionamientos demarcados con el símbolo internacional de accesibilidad para los automotores que transporten o sean conducidos por personas con movilidad reducida. Esta norma aplica tanto en lugares públicos como en parqueaderos “habilitados en centros comerciales, supermercados, clínicas y hospitales, unidades deportivas, autocinemas, y en general en todo sitio donde existan celdas habilitadas para el uso público, aún dentro de unidades residenciales privadas”. Su incumplimiento acarreará al conductor infractor una sanción de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, y compete a las autoridades de tránsito imponerla.
 
 
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