La parahotelería se extiende al apartamento para rumbas

- Publicidad -
La legislación trata de ponerle freno al problema, pero la realidad la supera y nadie denuncia formalmente

A la informalidad hotelera, o parahotelería, que consiste en alquilar apartamentos o casas residenciales a particulares, por un período inferior a 30 días, sin cumplir con los requisitos de ley, se suma otro fenómeno: el uso de los mismos espacios para rumbas de fin de semana, sin control de horarios, de visitantes, de seguridad, de ingreso de menores, de ruido y de expendio y uso de sustancias.


Sin Dios y con ley

Vivir en El Poblado ha conocido casos que dan cuenta del nuevo fenómeno, que se suma al de la parahotelería. “Durante dos fines de semana, en uno de los apartamentos de mi edificio hicieron fiestas como las de una discoteca, el volumen era estridente, los parqueaderos los tenían colmados y se veía gente entrando y saliendo. La administración verificó que el propietario del apartamento lo había alquilado por días”, comenta una habitante de un edificio localizado en El Poblado quien pidió no ser identificada por razones de seguridad.

La ley es clara frente a la práctica de alquilar por días. El decreto 2590 de 2009 ordena que “cualquier persona, natural o jurídica, que entregue la tenencia de un bien inmueble para uso y goce a una o más personas a título oneroso por lapsos inferiores a treinta días calendario, en forma habitual, se considera prestador de servicios turísticos”. La inscripción ante el Registro Nacional de Turismo es un requisito previo y obligatorio para que el inmueble pueda ser utilizado como vivienda turística.

- Publicidad -

Y es solo uno de los requisitos porque la asamblea de copropietarios debe aprobar el cambio de destinación del inmueble. “Para aprobación se necesita un quórum calificado del 70 por ciento o más”, dice Alfonso Álvarez, director ejecutivo de Asurbe.

El administrador de la propiedad horizontal también es responsable. Este deberá reportar al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, cuando identifique algún inmueble de la copropiedad que esté destinado para el servicio turístico y que no se encuentre en el Registro Nacional de Turismo. La omisión de esta obligación “impone una multa en salarios mínimos equivalente a 1.933.050 pesos”, comenta Frey Cardona, administrador de copropiedades en El Poblado.

Negocio con impacto
Uno de los orígenes del fenómeno es el de inversionistas de otros países que compran propiedades en la ciudad, las amueblan, les dan un perfil de lujo y las entregan a agencias inmobiliarias, nacionales o foráneas, con un público objetivo: el turista.

Estas agencias ofrecen las propiedades por períodos inferiores a 30 días y se blindan contra el efecto de la Ley: “Como en la mayor parte de los edificios de la ciudad está prohibido alquilar los apartamentos por menos de 30 días, ahora estamos en condiciones de ofrecerle tres edificios distintos y 12 apartamentos individuales en períodos mínimos de solo 3 días”, advierte una de estas agencias en su página web.

- Publicidad -

Hay agencias que aclaran que las propiedades a su cargo están inscritas en el Registro Nacional de Turismo y cumplen con todos los requisitos.

El problema radica en que estos apartamentos están en unidades residenciales y familiares y en el uso alternativo que se les viene dando. Uno es el de hospedaje, pero otro es el de escenario para after parties.

“Sé de un extranjero que le entregó un apartamento a una inmobiliaria para que se lo administrara. Inmediatamente llega un huésped a ese apartamento, a los minutos aparece un taxi con prostitutas”, cuenta la administradora de esa copropiedad quien pidió la reserva de su nombre.

El inspector 14B, Luis Fernando García, señala que, quien se sienta afectado en el caso de los apartamentos que cambian su destinación residencial a otros usos, sin autorización, deberá reportar su denuncia a la Policía o a la Inspección de Policía.

¿Y qué dice la Policía? El Teniente Coronel Fredy Ferney Pérez, Comandante de Distrito Suroccidente, le dijo a Vivir en El Poblado que no tiene registro de actividades como las mencionadas. Reporta, al contrario, un buen comportamiento por parte de los extranjeros. A la luz de las quejas, faltarían entonces denuncias formales de parte de la ciudadanía afectada.

El llamado de Johana Andrea Martínez, directora ejecutiva Cotelco Capítulo Antioquia Chocó, es a la formalización “a todas aquellas personas naturales o jurídicas que estén prestando este tipo de servicios, sin estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo”.

- Publicidad -

Más notas

- Publicidad -

Más noticias

- Publicidad -