Es de carácter obligatorio

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  Respecto a la posición de Jenny Acero, Raúl Alberto Rojo, Coordinador de Vigilancia y Control de la Secretaria de Salud, afirma: “La norma es de carácter obligatorio y su cumplimiento rige para todas las piscinas que estén operando, debe entenderse que hay una parte que se refiere a la construcción y otra al funcionamiento: si una piscina no cumple, se hará acreedora a las acciones de control del caso”.

Salud o enfermedad
Administradores, constructores, propietarios, operadores y usuarios de piscinas, pueden acercarse a la Secretaría de Salud con el objetivo de conocer, prevenir y controlar factores de riesgo que atenten contra la seguridad y el aseo en las piscinas, informa Raúl Alberto Rojo. “A través del correo electrónico [email protected] y los teléfonos 511 2252 y 514 1099, la Secretaría de Salud podrá informarle sobre la normatividad, y los fundamentos generales sobre piscinas: el cuarto de maquinas y zonas anexas, los agentes infecciosos presentes en el agua, principales enfermedades transmitidas por el uso de las piscinas, procedimientos necesarios para su limpieza, desinfección, higiene y seguridad”.

Todos ponen
Los usuarios de las piscinas están a la espera de que la Secretaría de Salud y los administradores de edificios y unidades residenciales, lleguen a una solución que garantice la seguridad de las personas que usan las piscinas. “A mí sí me parece que las reglas deberían ser acatadas, para eso son las normas, para que se cumplan. También hay que tener en cuenta que los usuarios deben poner de su parte para que las piscinas sean limpias, la gente no sabe todo el daño que le hace al agua cuando ingresa sin ducharse,” comenta John Jaime Velásquez, usuario frecuente de la piscina de la unidad residencial Condado de Maracay.

 
 
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