Cuando le roban en un centro comercial

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Parqueaderos, zonas de comidas, locales de todo tipo, zonas recreativas y espacios comunes de centros comerciales, ninguno está exento de los amigos de lo ajeno. Pero ¿cuál es la responsabilidad de los locales y centros comerciales cuando nos roban allí?, ¿qué derechos tenemos como consumidores para reclamar?, ¿hasta dónde llega la obligación de estos establecimientos comerciales? Para responder a estos interrogantes Vivir en El Poblado consultó a la Asociación Antioqueña de Consumidores.

Los parqueaderos deben responder ante robos

Lo primero que hay que tener en cuenta es que según el artículo 11 del decreto 3466 de 1982, “todo establecimiento comercial está en la obligación de garantizar la calidad e idoneidad de los productos y servicios que ofrezcan”. Y dentro de estos servicios están los servicios de parqueadero y seguridad. “Consecuente con esta norma los centros comerciales y quienes se dediquen a brindar el servicio de parqueadero están en la obligación de responder civilmente por daños y perjuicios ocasionados a los bienes que se depositan bajo su custodia, aunque el servicio de parqueadero sea gratuito e incluso cuando no le den recibos de parqueo”, explica Anselmiro Bañol, Presidente de la Asociación Antioqueña de Consumidores. La responsabilidad civil incluye, sí señor, a los parqueaderos gratuitos de centros comerciales porque los consumidores están pagando por un paquete de servicio en la compra de los artículos y productos que allí adquiere, agrega Bañol.

Lo difícil es probarlo

El robo a un vehículo representa varios problemas. Lo primero son los daños causados al forzar el sistema de seguridad del carro; estos son fácilmente verificables, los cubre el seguro y los asume el responsable del parqueadero. Pero cuando los daños no son evidentes, si la empresa de seguridad o el centro comercial logran demostrar que por descuido y no seguir las indicaciones de seguridad básicas se permitió el robo la responsabilidad recae sobre el propietario, a menos que en el parqueadero utilicen la modalidad de entrega de llaves.

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Lo otro son los bienes hurtados, que requiere un proceso probatorio, con testigos, facturas y otros procedimientos que adelante la Fiscalía. Lo más difícil es llegar a un acuerdo de los bienes y su cuantía. En muchos casos, como no se reconoce en su totalidad el pago de los bienes que se declaran robados y el proceso se dilata, el consumidor puede resolver “sus diferencias” mediante concertación con la otra parte implicada y esto es lo usual.

Los límites de la seguridad

Cuando se van a consumir productos de un establecimiento, la seguridad es un servicio que debe estar incluido. “Pero aquí se habla de la seguridad entendida como las medidas que garanticen que no se afectará la integridad física ni la salud de los consumidores”, explica Anselmiro Bañol. Así que el propietario de los establecimientos comerciales debe responder solo en caso de accidentes dentro del establecimiento cuando se incumplen estos requerimientos de prevención y seguridad. En el caso de robos realizados por terceros (particulares), el propietario no está en la obligación de responder debido a que el consumidor asume la custodia de sus bienes (así sea una zona de comidas de un centro comercial) porque en este caso la vigilancia es un servicio opcional que puede ofrecer el establecimiento.

El proceso a seguir cuando hay un robo

Después de un robo dentro de un centro comercial o negocio, lo primero que debe hacer el consumidor es acudir e informar a la administración del establecimiento. Dejar claro las causas y hechos sucedidos entre el consumidor, el propietario o responsable del establecimiento, el servicio de vigilancia y la policía preferiblemente. Luego, poner la respectiva denuncia para que la Fiscalía comience el proceso de investigación. “En el caso de que existan cámaras de seguridad dentro del parqueadero o del negocio, el consumidor tiene el derecho de acceder a este registro, con la debida autorización de la Fiscalía, ya que el establecimiento está en la obligación de proporcionar las pruebas que existan en la comisión del delito”, explica el presidente de la Asociación de Consumidores.

Ojo con los escaperos

El otro problema frecuente identificado por los centros comerciales, es el descuido de la gente con sus pertenencias y compras al momento de comer, de medirse ropa o de entrar al baño. En estos casos ni el centro comercial ni el local responden, pero sí hacen un acompañamiento al cliente tratando de buscar y capturar al ladrón. Sin embargo, los sofisticados métodos empleados por escaperos dificultan su captura. “Métodos como bolsos forrados en aluminio que no permiten leer los pines de la ropa, destornilladores especiales para sacar los pines y sellos de seguridad de los artículos, fuelles para abrir las carteras y hacer un doble fondo, fajas y hasta grupos familiares donde los padres distraen a la gente mientras los niños roban son algunos ejemplos de cómo operan estas bandas”, explica la administradora del Centro Comercial Oviedo.<

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